Fecha límite para modificar CFDI Nómina

R.M.F. 2.7.5.6

Flash informativo

Los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2022 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2023 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2022 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2022 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

La aplicación del beneficio contenido en la presente regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que, en su caso, procedan.


CFF 29, LISR 27, 98, 99, RCFF 39



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12 de Enero del 2023, Torreón, Coahuila.